
Los vecinos de los sectores 6 y 19 de Oliva, que agrupan a los residentes de Terranova y Burguera, han conseguido frenar la actividad musical que venía perturbando sus jornadas veraniegas desde hace tres años. El consistorio ha aprobado la segunda y definitiva prórroga del contrato de explotación de Duna Market, el espacio recreativo de más de 4.000 metros cuadrados situado en la playa de Terranova, pero con una condición ineludible: la total prohibición de actuaciones musicales en directo. Esta decisión municipal se suma a precedentes recientes en la Comunitat Valenciana, como la retirada de autorizaciones para grandes eventos musicales en la Ciudad de las Artes y las Ciencias de València, estableciendo un criterio restrictivo ante las demandas vecinales por molestias acústicas.
El origen de un conflicto que lleva tres veranos
El proyecto impulsado por Oliva Turismo abrió sus puertas a finales de julio de 2022 con la intención de dinamizar el turismo de playa mediante una oferta lúdica, gastronómica y artística para todos los públicos. Durante su primera edición, el recinto alcanzó una intensidad programática sin precedentes en la localidad, llegando a programar hasta 32 conciertos y actuaciones en directo. El funcionamiento era continuo: el recinto permanecía abierto desde las 19.00 horas hasta pasada la medianoche, con entrada gratuita, generando una afluencia constante de visitantes que se concentraba en una parcela catalogada como suelo dotacional destinada a prestar servicios comunitarios como parque, aparcamiento o zona deportiva.
Desde aquel primer verano, las denuncias por parte de los residentes se multiplicaron de forma reiterada. Los vecinos señalaban que los espectáculos diarios generaban molestias acústicas insoportables en un entorno residencial. La asociación de afectados destacaba específicamente que el escenario se encontraba situado a escasos metros de las viviendas más cercanas, que constituyen la primera residencia de muchos vecinos. El impacto lumínico y acústico llegaba a impedir el descanso normal durante las noches de verano, generando un conflicto de uso del suelo que enfrentaba el desarrollo turístico con el derecho a la tranquilidad de los residentes.
El decreto municipal y el marco legal de la Ley 7/2002
El Ayuntamiento ha aprobado ahora la última prórroga posible del contrato original, adjudicado en 2023 por dos temporadas (2023 y 2024) y que contemplaba inicialmente dos extensiones adicionales para los ejercicios de 2025 y 2026. Sin embargo, esta renovación introduce una modificación sustancial respecto a las ediciones anteriores: la prohibición explícita de actuaciones musicales en directo. Según recoge el informe técnico municipal, la principal queja vecinal se centra exclusivamente en las molestias acústicas derivadas de estos espectáculos, lo que ha motivado que el documento insista en la «no realización de actuaciones musicales en directo» y en el estricto cumplimiento de los pliegos y la normativa de aplicación, especialmente la Ley 7/2002, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Protección contra la Contaminación Acústica.
El decreto, no obstante, mantiene cierta ambigüedad respecto a otros tipos de sonido. Aunque prohíbe expresamente la música en directo, no especifica si podrá existir música ambiental grabada, limitándose a exigir el cumplimiento estricto de la normativa vigente en materia de ruidos. Paralelamente, el documento recoge que la empresa concesionaria tuvo que corregir varias deficiencias detectadas en una inspección técnica previa, por lo que tuvo que presentar la documentación requerida para subsanarlas. El consistorio ha dejado abierta la posibilidad de que los vecinos o cualquier persona interesada puedan presentar alegaciones o recursos contra la decisión.
Las demandas vecinales y la búsqueda de alternativas urbanísticas
Los afectados solicitan que, en caso de que se celebren futuras ediciones del festival, este se traslade a una zona de la costa alejada del núcleo residencial. La reubicación sería la única solución viable para compatibilizar el uso turístico del espacio con el derecho al descanso de los ciudadanos, según defienden los representantes de los sectores afectados. La polémica refleja una tensión creciente en municipios costeros valencianos entre el aprovechamiento turístico de las playas y la preservación de entornos residenciales, especialmente cuando se trata de suelo dotacional que no debería destinarse a eventos de ocio nocturno.
La resolución de este conflicto podría sentar un precedente sobre el uso del litoral olivense. Mientras tanto, la prohibición de conciertos en Duna Market deja en el aire el futuro de un espacio que pretendía convertirse en referente del ocio veraniego comarcal, pero que ha demostrado la necesidad de respetar los límites del planeamiento urbanístico y la convivencia vecinal. La experiencia recuerda la importancia de equilibrar el desarrollo económico con la calidad de vida de los residentes, un desafío que requiere una planificación más exhaustiva que evite la concentración de eventos de alta intensidad sonora en zonas residenciales.
En este contexto de gestión del ruido y patrimonio acústico, resulta especialmente significativo el trabajo realizado por instituciones locales para visibilizar la historia sonora de la localidad, como se documenta en El Legado Ineludible: Oliva Reconoce una Vida Dedicada a su Patrimonio Sonoro, una iniciativa que pone en valor la memoria auditiva de la ciudad. Asimismo, la transformación de la oferta gastronómica en la zona, reflejada en propuestas como La Barraqueta: la barraqueta que redefine la cocina de Oliva, demuestra que el turismo de calidad puede desarrollarse sin necesidad de recurrir a la música en directo de alta intensidad, apostando por experiencias culturales y culinarias que respeten el descanso vecinal.




